Bases legales del sorteo
Última actualización: 17 de agosto de 2026
«Un año de luz pagada: si no conseguimos mejorarte la tarifa, o si te la mejoramos y firmas»
Nota sobre esta versión. Esta versión amplía los supuestos de participación previstos en la versión de 11 de agosto de 2026, y se aplica a todas las facturas subidas desde el 3 de agosto de 2026, incluidas las anteriores a esta modificación.
Ninguna participación que fuera válida conforme a la versión anterior pierde su condición por efecto de esta modificación. El cambio únicamente añade una vía adicional para participar, sin suprimir ni restringir la ya existente.
1. Organizador
Ofimática Digital Soluciones SLU (en adelante, SubPrice), con NIF B75665544 y domicilio social en Avenida de la Libertad, 19, 03610 Petrer (Alicante), España. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. Contacto: info@ofimaticadigital.es.
2. Ámbito y duración
Pueden participar tanto las personas físicas mayores de 18 años —incluidos los trabajadores autónomos— como las personas jurídicas (sociedades, comunidades de propietarios y otras entidades), en ambos casos con residencia o domicilio en España y siempre que sean titulares del suministro al que corresponda la factura que suban. El plazo de participación va del 3 de agosto de 2026 al 30 de noviembre de 2026, ambos incluidos. El sorteo se celebrará el 3 de diciembre de 2026.
Solo entran en el sorteo las facturas subidas dentro de ese plazo. Las subidas con anterioridad al 3 de agosto de 2026 quedan excluidas.
Cuando la participación derive de la firma de un contrato conforme a la cláusula 4.2.b, la firma deberá producirse igualmente dentro de ese plazo, es decir, como máximo el 30 de noviembre de 2026 incluido.
3. Premio
Un único premio consistente en el pago de la factura de electricidad del ganador durante 12 meses, con un límite máximo total de 1.000 €.
El importe se abonará contra la presentación de las facturas de electricidad efectivamente emitidas a nombre del ganador durante esos 12 meses, hasta agotar ese límite. Si el consumo de esos doce meses fuese inferior a 1.000 €, el ganador recibirá únicamente el importe correspondiente a sus facturas: la diferencia no se abona ni se compensa de ninguna otra forma. El premio no es canjeable por dinero ni por ningún otro bien o servicio, y no es transferible a terceros.
Cuando el ganador sea una persona física que no actúe en el marco de una actividad empresarial o profesional, se abonará el importe total de las facturas presentadas. Cuando el ganador actúe en el marco de una actividad empresarial o profesional y pueda deducirse el IVA soportado en dichas facturas, se abonará únicamente la base imponible, con exclusión del IVA, hasta el mismo límite máximo de 1.000 €.
4. Cómo se participa
Para que una participación sea válida deben cumplirse las cuatro condiciones siguientes:
- Subir una factura de electricidad propia y real en subprice.es dentro del plazo indicado, y que dicha factura sea analizada correctamente por la plataforma.
- Que se dé cualquiera de estas dos circunstancias:
- que SubPrice no encuentre ninguna oferta que mejore la tarifa de esa factura en ningún momento del plazo, es decir, ni al analizarla ni en ninguna de las revisiones posteriores hasta el 30 de noviembre de 2026 incluido; o bien
- que, habiendo aparecido una oferta que mejore su tarifa, el participante la acepte y firme el contrato de suministro correspondiente con la comercializadora ofertante, dentro del mismo plazo.
Quien recibe una oferta que mejora su tarifa obtiene el beneficio principal del servicio, que es un ahorro real en su factura. Quien no la recibe participa en el sorteo. Quien la recibe y además firma, participa también.
- Tener una cuenta de usuario en SubPrice a la que quede asociada esa factura. Puede crearse antes o después de subir la factura, pero debe existir como máximo el 30 de noviembre de 2026. Las facturas subidas de forma anónima que no queden asociadas a ninguna cuenta antes de esa fecha no generan participación.
- Seguir el perfil oficial de SubPrice en Instagram (@subprice.es) o en Facebook (SubPrice.es), y mantenerlo seguido hasta la fecha del sorteo. Basta con seguir en una de las dos redes.
La participación no tiene coste alguno. Crear una cuenta es gratuito y subir la factura también. No es necesario contratar nada para participar: quienes no reciban ninguna oferta que mejore su tarifa participan sin contratar absolutamente nada, y ningún participante está obligado a aceptar oferta alguna ni a cambiar de comercializadora. La firma de un contrato es únicamente una segunda vía de participación, prevista para quienes sí reciben una oferta mejor, que de otro modo quedarían fuera del sorteo.
SubPrice percibe una comisión de la comercializadora cuando un contrato se firma a través de la plataforma. El servicio sigue siendo gratuito para el usuario.
5. La participación se comprueba durante todo el plazo
La condición del punto 4.2 no se valora solo al subir la factura: SubPrice mantiene cada factura activa en la subasta y la revisa periódicamente hasta el 30 de noviembre de 2026.
Si en cualquier momento hasta esa fecha apareciera una oferta que mejorase la tarifa del participante —por ejemplo al incorporarse nuevas comercializadoras o al actualizar sus precios—, la participación quedará sin efecto, salvo que el participante acepte y firme esa oferta o cualquier otra dentro del plazo, en cuyo caso la participación se mantiene o se recupera conforme a la cláusula 4.2.b.
Del mismo modo, quien hubiera quedado fuera del sorteo por haber recibido una oferta y posteriormente la firme dentro del plazo, recupera su participación.
Si el contrato firmado quedara anulado, cancelado o sin efecto antes de la fecha del sorteo por causa imputable al participante —incluido el ejercicio del derecho de desistimiento—, la participación obtenida por esa vía quedará igualmente sin efecto, salvo que concurra el supuesto de la cláusula 4.2.a. No afectará a la participación la cancelación del contrato por causa ajena al participante.
6. Una participación por punto de suministro
Se admite una sola participación por punto de suministro (CUPS) y por titular (el mismo NIF o CIF), con independencia del número de facturas que se suban de ese suministro. Un mismo titular con varios puntos de suministro distintos genera una participación por cada uno de ellos. Las participaciones duplicadas se eliminarán y solo se conservará la primera en el tiempo.
7. Facturas no válidas
Quedarán excluidas del sorteo las participaciones cuya factura:
- haya sido manipulada, editada o falsificada;
- no corresponda a un suministro real del participante;
- presente un CUPS inválido, ilegible o duplicado;
- resulte ilegible o no pueda analizarse;
- presente incoherencias internas que hagan dudar de su autenticidad.
SubPrice se reserva el derecho de excluir cualquier participación en la que aprecie indicios de fraude o de incumplimiento de estas bases, así como de solicitar el documento original cuando lo considere necesario.
8. Verificación del ganador
Antes de la entrega del premio, la persona ganadora deberá acreditar:
- La titularidad del suministro, que deberá coincidir con el titular que figura en la factura presentada. Si el ganador es una persona física, aportando su DNI o NIE. Si es una persona jurídica, aportando el CIF de la entidad junto con el documento que acredite la representación de quien actúe en su nombre (escritura, poder, certificado del registro mercantil o documento equivalente) y el DNI o NIE de esa persona.
- Que sigue el perfil oficial de SubPrice en Instagram (@subprice.es) o en Facebook (SubPrice.es) en la fecha del sorteo. Cuando el ganador sea una persona jurídica, basta con que el perfil que lo siga sea el de la propia entidad o el de la persona que gestionó la participación en su nombre.
Dispondrá de 7 días naturales desde que se le comunique el resultado para acreditar ambos extremos. Si no lo hiciera en plazo, si los datos no coincidieran, o si se detectara cualquier irregularidad, perderá el derecho al premio y se designará a un nuevo ganador entre el resto de participaciones válidas, aplicando el mismo procedimiento.
9. Celebración del sorteo
El sorteo se celebrará el 3 de diciembre de 2026 entre todas las participaciones válidas, mediante un sistema aleatorio que garantice la imparcialidad del resultado. Se designará además a tres suplentes, por orden, para el caso de que el ganador no acepte el premio o no supere la verificación del punto 8.
El resultado se comunicará a la persona ganadora por los datos de contacto asociados a su cuenta de SubPrice (correo electrónico o WhatsApp) y se publicará en el perfil oficial de SubPrice.
10. Fiscalidad
El premio está sujeto a la normativa fiscal vigente y su tratamiento depende de quién resulte ganador.
Si el ganador es una persona física, el organizador practicará el ingreso a cuenta del IRPF que corresponda y le entregará el certificado acreditativo para su declaración de la renta.
Si el ganador es una persona jurídica, el premio no está sujeto a ingreso a cuenta del IRPF: constituye un ingreso que la entidad deberá integrar en su base imponible del Impuesto sobre Sociedades conforme a la normativa aplicable. En ese caso el organizador entregará el justificante del abono, no el certificado de retenciones del párrafo anterior.
En ambos casos, la aceptación del premio implica la obligación del ganador de declararlo conforme a la normativa que le resulte aplicable.
11. Protección de datos
Los datos personales facilitados se tratarán por Ofimática Digital Soluciones SLU con la finalidad de gestionar el sorteo, verificar el cumplimiento de estas bases y entregar el premio, siendo la base jurídica la ejecución de la relación derivada de la participación y el consentimiento del participante. No se cederán a terceros salvo obligación legal.
Puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad escribiendo a info@ofimaticadigital.es. Más información en nuestra política de privacidad.
12. Exención de responsabilidad de las plataformas
Esta promoción no está patrocinada, avalada ni administrada por Meta (Facebook e Instagram), TikTok ni ninguna otra red social, que quedan exentas de toda responsabilidad derivada de la misma. La información facilitada por los participantes se entrega a SubPrice y no a dichas plataformas.
13. Modificación y cancelación
SubPrice se reserva el derecho de modificar estas bases o de cancelar la promoción si concurrieran causas de fuerza mayor o circunstancias ajenas a su voluntad que impidieran su desarrollo, comunicándolo por los mismos medios en los que se publicó. En ningún caso dicha modificación podrá perjudicar los derechos ya adquiridos por los participantes.
Las modificaciones se publicarán como una nueva versión fechada de estas bases, en la misma dirección web, conservándose la anterior a disposición de quien la solicite.
La modificación de 17 de agosto de 2026 (versión 2) amplió los supuestos de participación en los términos de la cláusula 4.2, sin suprimir ni restringir el supuesto previsto en la versión anterior y sin afectar a ninguna participación ya obtenida.
14. Aceptación de las bases
La participación en esta promoción implica la aceptación íntegra de estas bases. Cuando el participante tenga la condición de consumidor, para cualquier controversia serán competentes los Juzgados y Tribunales que resulten competentes conforme a la normativa de consumo aplicable. Cuando el participante actúe en el marco de una actividad empresarial o profesional, y por tanto no le sea aplicable esa normativa, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Alicante, con renuncia expresa a cualquier otro fuero.
